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27 de Diciembre, 2020 |
#Aguascalientes #Alcaldesa
COMUNICADO:
El promovente denunció el probable uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, atribuidas al ayuntamiento, a María Teresa Jiménez Esquivel, en su carácter de presidenta municipal de Aguascalientes y a Enrique de la Torre de la Paz, en calidad de secretario de comunicación social del municipio, por la entrega de bienes y productos a la ciudadanía para generar un posicionamiento ante el electorado, y su posterior difusión en las redes sociales facebook y twitter.
? Se advierte que en doce publicaciones denunciadas se expone de forma preponderante la imagen de la Presidenta Municipal, resaltando respecto del resto del contenido, identificando en una publicación más, las acciones llevadas a cabo impulsadas por la denunciada.
Quién denuncia. C. Jaime Manuel de la Cruz Araujo.
Denunciados. C. María Teresa Jiménez Esquivel, Presidenta Municipal de Aguascalientes; C. Enrique de la Torre de la Paz, Secretario de Comunicación del Municipio; y al H. Ayuntamiento de Aguascalientes.
Agravios. El promovente presentó denuncia ante el IEE por la probable comisión de las infracciones de uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, atribuidas a los denunciados por la entrega de bienes y productos a la ciudadanía para generar un posicionamiento ante el electorado, y su posterior difusión en las redes sociales de Facebook y Twitter.
Resolución del Tribunal. En cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Regional Monterrey del TEPJF en el expediente SM-JE-80/2020, este Tribunal considera que en relación a los actos señalados por el promovente como promoción personalizada, del texto o contenido de las publicaciones denunciadas se desprende la exaltación de la imagen de la Presidenta Municipal, generando en su contexto la exposición de la figura de tal servidora pública, aún y cuando se hizo en el marco de apoyo por la situación sanitaria ocasionada por el virus COVID-19.
Ahora bien, respecto al uso indebido de recursos públicos, se determinó que, del análisis de las imágenes contenidas en las publicaciones denunciadas, la entrega y ofrecimiento de productos o bienes a la ciudadanía, así como despensas y bolsas con el logotipo del DIF Municipal, actualiza también el uso indebido de recursos, toda vez que se emplearon para promocionar, enaltecer o resaltar la imagen de la servidora pública denunciada.
Así, en el caso concreto, la responsabilidad recae en el Secretario de Comunicación Social del Ayuntamiento de Aguascalientes, pues las redes sociales en las que se difundieron las publicaciones denunciadas y calificadas como fuera de la normativa, son administradas por él mismo. Al respecto, este Tribunal señaló que el denunciado debió guardar o conducirse con un deber de mesura para difundir contenido preponderantemente alusivo a la imagen o persona de la Presidenta Municipal y no al desempeño de las funciones o actividades emprendidas por el gobierno o administración.