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DESCONGELAN Y APRUEBAN EN SENADO `LEY SILLA´; TURNAN AL EJECUTIVO
05 de Diciembre, 2024

#Senado #LeySilla

(El Universal).         El pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad y turnó al Ejecutivo Federal la llamada `Ley Silla´ que obligará los patrones y empleadores en empresas, fábricas, centros comerciales e incluso en dependencias de los gobiernos, proveer sillas suficientes y que ningún trabajador permanezca de pie toda su jornada laboral.


La reforma que fue avalada en 2023, en la pasada Legislatura por el Senado y que fue `congelada´ en San Lázaro, finalmente se convertirá en ley en México, país donde se obliga a mujeres y hombres que laboran en centros comerciales, tiendas, fábricas, instituciones policiales, personal de intendencia e incluso personal de resguardo legislativo en el Congreso de la Unión.


La `Ley Silla´, impulsada inicialmente en 2023 por la exsenadora Patricia Mercado y rescatada por el diputado Ricardo Monreal, plantea que ningún trabajador permanezca de pie durante la totalidad de la jornada laboral o, en su caso, que tome asiento de forma periódica durante el desarrollo de sus funciones.


`Proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral´.


En el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo. La misma disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.


Asimismo, se obliga a los empleadores o patrones plasmar en el reglamento interior del centro de trabajo los periodos de descanso obligatorios y las normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas durante su jornada laboral.


Las disposiciones transitorias establecen un plazo posterior a la entrada en vigor del decreto no mayor a treinta días naturales, para que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social emita las normas correspondientes sobre los factores de riesgos de trabajo.


Se contemplan 180 días para que las personas empleadoras o empresas puedan adecuar su normativa interna para dar cumplimiento a lo establecido en la fracción V del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.


En tribuna, la senadora del PT, Geovanna Bañuelos, expuso que el 45% de las personas trabajadoras, es decir, casi la mitad, realizan su jornada laboral de pie y sin descanso.


De estas estadísticas, la mitad afirma tener molestias físicas como dolor de espalda o cansancio en las piernas, además, el 35% realizan su labor de pie por más de ocho horas diarias y el 47% por periodos de entre cuatro y ocho horas en esta posición.


Mantener a una persona de pie por tiempos prolongados, son prácticas recurrentes en establecimientos industriales, fábricas, hoteles, restaurantes, hospitales, además de guardias de seguridad, entre otros oficios, agregó.


Nota original

EL UNIVERSAL

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